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Gabriel Morales Espíndola/Bolinfo/Tarija
(elPeriódico-Enero, 14/2021) La Asamblea Legislativa Departamental de Tarija (ALDT) tiene por competencia, además de la fiscalización, el aprobar propuestas normativas para dotar de marcos legales a las instituciones regionales, sin embargo, elementos como el receso a nivel nacional y el comienzo de las campañas electorales rumbo a los comicios de marzo próximo, han relegado a un segundo plano la convocatoria a sesiones ordinarias, a pesar de que estas se realicen de forma virtual y no requieran la presencia de los propios asambleístas en el hemiciclo.
Legisladores de oposición como Mauricio Lea Plaza Peláez y César Mentasti Padilla, han cuestionado el hecho de que a pesar de no haber gozado de vacaciones, la directiva no llama a sesión para tratar proyectos de ley desde el 2020.
“Nos preguntamos ¿por qué no se están agendando los temas?, no es necesario tener pendiente una ley, hay otros temas deliberativos, hay empresas como Setar (Servicios Eléctricos de Tarija) que nuevamente ha reflejado pérdidas en sus estados financieros y no tiene fiscalización”, declaró Mentasti Padilla.
Por otro lado, el asambleísta por el Movimiento Al Socialismo (MAS), Rubén Velasco Romero, indicó que ya se ha consensuado con la directiva de la Asamblea, mediante su presidente, Guillermo Vega Flores, el tratamiento del proyecto de ley de alianzas público privadas, que proveerá un marco institucional para ejercer iniciativas “50-50” entre el sector empresarial y las entidades estatales.
Dicha norma, aún debe ser analizada artículo por artículo por el pleno del Legislativo.
ElAPUNTE
¿En qué consiste?
Según el Banco Mundial (BM), en líneas generales, una alianza público-privada se refiere a un acuerdo entre el sector público y el sector privado en el que parte de los servicios o labores que son responsabilidad del sector público es suministrada por el sector privado bajo un claro acuerdo de objetivos compartidos para el abastecimiento del servicio público o de la infraestructura pública.
Usualmente, no incluye contratos de servicios ni contratos llave en mano, ya que estos son considerados como proyectos de contratación pública, o de privatización de servicios públicos en los que existe un role continuo y limitado del sector público.