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Laura Vidaurre/ Bolinfo/ Tarija

(elPeriódico, enero 29/ 2019) A través de la sentencia constitucional 0533/2018-S1, el Tribunal Constitucional Plurinacional revocó la resolución AC-03/2018 del 26 de marzo, documento que era una base jurídica para que las alcaldías puedan, a través del Ministerio de Economía, aplicar los débitos automáticos a la Gobernación en cumplimiento a la Ley 206, más conocida como del 8%, informó el secretario de Justicia Yamil García Delfín.

García, explicó que mediante esta sentencia, exigirá a las alcaldías la devolución de los recursos que fueron sacados por dicha normativa departamental.

La sentencia ha resuelto revocar una resolución AC-03/2018 de marzo de 2018, que había otorgado la razón al alcalde de Uriondo, Álvaro Ruiz García,  para tramitar los débitos automáticos a la Gobernación.

“En otros términos,  la resolución judicial que habilitaba al alcalde Álvaro Ruiz a tramitar el débito ha sido dejada sin efecto, ha sido anulada y revocada, por lo tanto los recursos   que ha sido ilegalmente debitados, a partir de una resolución que ha quedado sin efecto, deben de ser restituidos inmediatamente al gobierno departamental, puesto que la decisión que había dado lugar a los débitos ha quedado sin efecto legal”, explicó.

La Gobernación enviará hoy una nota al Ministerio de Economía como  a las alcaldías para hacer conocer el mandato del TCP,  de forma que se restituyan los montos millonarios que han sido “ilegalmente debitados”.

“No existe a la fecha ninguna decisión constitucional que habilite a los alcaldes a tramitar los débitos automáticos, precisamente por efectos de esta sentencia constitucional”, insistió.

Alcaldías

El alcalde de Uriondo y presidente de la Federación de Asociaciones Municipales (FAM), Álvaro Ruiz  García,  lamentó que la Gobernación esté interpretando la acción incompleta.

“Están interpretando una parte de la sentencia y no el total, lo que le conviene”, aseguró el alcalde.

“La acción de cumplimiento solo va para la gestión 2017.  El TCP nos indica que no deberíamos de haber empezado la acción de cumplimiento a la directora del Ministerio de Economía, sino al ministro, esa es la observación, la misma que será subsanada y ejecutaremos los temas administrativos en caso que sea necesario aplicar los débitos”, dijo Ruiz  al instar a la Gobernación hacer la transferencia de recursos comprometidos a los municipios.

De acuerdo a Ruiz, en el documento, el TCP reitera que no hicieron un análisis de fondo sino de forma, en ese sentido,  recomienda no efectuar una acción de cumplimiento, sino un amparo constitucional.

Ley del 8%

La Ley del 8% de carácter departamental autoriza a las alcaldías de Tarija a realizar débitos automáticos de las arcas del Gobierno Departamental en el caso de que la Gobernación no cumpla con los proyectos concurrentes.

El porcentaje permitido es del 1% de los recursos departamentales por municipio de cada uno de los 8, sin contar los 3 del Gran Chaco que tienen sus propios ingresos.  (eP).

Los datos:

La Ley 206, de transferencia de recursos económicos para inversiones concurrentes a los gobiernos autónomos municipales del departamento de Tarija, establece que la Gobernación, presupuestará un mínimo del 8% de los recursos departamentales por concepto de regalías de hidrocarburos para los municipios de: Bermejo, Cercado, El Puente, Entre Ríos, Padcaya, San Lorenzo y Yunchará, de no ser así se aplicarán los débitos automáticos