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ÑSAÚL CARDOZO/ BOLINFO/ TARIJA(elPeriodico- Diciembre 24/ 2018) Tras varias horas de audiencia de medidas cautelares, la juez de Instrucción Cautelar Tercero en lo Penal, Felipa Escalante, resolvió dar detención preventiva a un sujeto imputado de violencia intrafamiliar. El mismo habría golpeado a su concubina dejándole con varios días de incapacidad médico legal.En audiencia cautelar, la fiscal de materia, Shirley Campos, presentó la imputación formal, donde solicitó la detención preventiva para el sindicado, puesto que el mismo tendría antecedentes penales y policiales por hechos similares y otros.En las primeras investigaciones que se tiene al respecto del hecho, se tiene que el sindicado golpeo en la cara con su puño a la víctima y además le arrastró de sus cabellos por la casa donde se suscitó el hecho. La víctima fue auxiliada por vecinos y familiares.Aparentemente el sujeto se encontraba bajo influencias alcohólicas; sin embargo, la Ley es clara e indica que no se puede golpear o causar daños a otras personas, además el sindicado ya había estado en el penal de Morros Blancos por un hecho de robo y además tenía una sentencia condenatoria.En audiencia la defensa de la víctima, manifestó que el sujeto le había amenazado que le iba a apuñalar o a disparar si es que no le dejaba estar con ella.“La resolución de la juez del caso se apelará puesto que fue muy fuerte la detención preventiva que le dio por el hecho de violencia, puesto que se presentó la documentación necesaria para poder terminar que no habrá un peligro de fuga ni obstaculización al proceso”, dijo el abogado del imputado, Fernando Vargas.(eP)EL APUNTELa Ley 348 identifica distintos tipos de violenciaLey 348 destaca que la “erradicación de la violencia como un tema de prioridad nacional y como un problema de salud pública, desde un enfoque de prevención, protección de las mujeres en situación de violencia y la sanción de los agresores”.Violencia física: Es toda acción que ocasiona lesiones y/o daño corporal, interno, externo o ambos, temporal o permanente, que se manifiesta de forma inmediata o en el largo plazo, empleando o no fuerza física, armas o cualquier otro medio.Violencia feminicida: Es la acción de extrema violencia que viola el derecho fundamental a la vida y causa la muerte de la mujer por el hecho de serlo.Violencia psicológica: Es el conjunto de acciones sistemáticas de desvalorización, intimidación y control del comportamiento, y decisiones de las mujeres, que tienen como consecuencia la disminución de su autoestima, depresión, inestabilidad psicológica, desorientación e incluso el suicidio.