Los procesos de divorcio han cambiado, ahora a solicitud de una de las partes, se da viabilidad a la desvinculación matrimonial
REDACCIÓN CENTRAL/BOLINFO/TARIJA
(elPeriódico- marzo 28/2018) Cada vez hay más historias de libretas de casamiento flamantes, seguidas de sentencia de divorcio.
En Tarija de acuerdo a datos del Servicio de Registro Civil (Sereci), son 1543 casamientos que se dieron en la gestión pasada, mientras que 699 divorcios fueron tramitados.
Entonces, de acuerdo a los datos proporcionados, serían aproximadamente dos divorcios por cada cuatro casamientos.
En lo que va de la gestión, registraron en enero 248 casamientos y 49 divorcios, en febrero registraron 101 casamientos y 49 divorcios.
El director del Sereci, Alberto Mealla Lema, dijo que existen dos formas para concretar la desvinculación matrimonial.
Explicó, que de acuerdo a la Ley de Código de la Familia y su procedimiento familiar en los artículos 206y 207, establece que los cónyuges pueden realizar su desvinculación a través de un notario de fe pública o a través de un proceso judicial.
Mediante notario
De acuerdo a la normativa, procederá el divorcio del matrimonio o la desvinculación de la unión libre registrada, por mutuo acuerdo, siempre que exista consentimiento y aceptación de ambos cónyuges, sin hijos, o que estos sean mayores de veinticinco años, no tengan bienes gananciales sujetos a registro o exista renuncia expresa a cualquier forma de asistencia familiar por una de las partes.
Una vez que los casados, hayan cumplido con las disposiciones exigidas para el acuerdo regulatorio de divorcio o desvinculación, el notario de fe pública, debe emitir un testimonio de la escritura, para su inscripción en el Servicio del Registro Cívico, más la cancelación respectiva.
Mealla indicó que los requisitos para este trámite son el carnet de identidad del solicitante, adjuntado el testimonio de la escritura pública, expedida por el notario de fe pública que conoció de la desvinculación libre.
La vía judicial
Respecto al divorcio por la vía judicial, la magistrada del Juzgado Primero de la Familia de la Capital, Lucía Escobar Cazón, dio a conocer que desde la publicación del código anteriormente mencionado, el procedimiento se ha simplificado.
Indicó que los cónyuges, ahora tienen que demostrar, de acuerdo al nuevo código, la ruptura del proyecto en vida común dentro de la relación matrimonial.
A diferencia del antiguo código para la desvinculación, se solicitaba un sin número de causales, entre ellos el adulterio, abandono de hogar, malos tratos, separación voluntaria y demás.
“Eran causales que sí o sí la parte demandante, tenía que demostrar con testigos y documentos”.
Si es que no existían las pruebas suficientes, resultaba “improbada” la demanda, por lo tanto, se mantenía el vínculo matrimonial.
Aclaró que con el nuevo código, solo debe demostrarse que se ha roto el proyecto de vida en común, lo que no implica testigos.
La desvinculación matrimonial puede ser por acuerdo de ambas partes o por voluntad de alguna de ellas.
En resumen, si una de las partes pide el divorcio y la otra no quiere o no asiste a las audiencias, el juez teniendo el documento de ratificación del demandante, puede dictar inmediatamente una sentencia.
“Se respeta la voluntariedad de las partes, en este caso, se respeta la voluntad unilateral de una de las partes, es decir del demandante”.
De acuerdo a la nueva normativa, en una sola audiencia, tiene que concluir el proceso de desvinculación.
Primero es planteado el divorcio, luego es notificado el demandado, que tiene un plazo de cinco días para responder.
Respondida la demanda, el juez señala la audiencia de ratificación o desistimiento.
En caso de que el demandante ratifique la solicitud de divorcio, “el juez por mandato del artículo 2010 del Código de la Familia tiene que dictar sentencia, declarando disuelto el vínculo”.
“Al dictar la sentencia de divorcio el proceso concluye, porque las partes también pueden renunciar a la apelación de la sentencia”, dijo.
En el proceso de divorcio, el juez debe resolver la situación de los hijos menores, custodia, asistencia familiar y régimen de visitas.
En caso de existir bienes gananciales, es decir que han sido adquiridos dentro del matrimonio, estos deben ser divididos.
El costo
El costo del trámite del registro de la desvinculación matrimonial llega a Bs 115, por la compra de 5 boletas, cada una a Bs 23. (eP).
Apunte:
Tres meses para asumir la decisión
La juez del Juzgado Primero de la Familia de la Capital, Lucía Escobar Cazón, indicó que una vez citada la parte demandada con o sin contestación, la autoridad judicial los emplazará a comparecer en el término de tres meses.
Este tiempo es para ratificar o desistir de la demanda, fijando día y hora de audiencia para la atención del trámite de divorcio o desvinculación.
“Son tres meses que tendrían que pasar para que recién se realice la audiencia de ratificación o desistimiento del divorcio, porque el juez ya no puede instar a las partes a que se reconcilien. Los tres meses son para que las partes reflexionen y no se precipiten en su decisión”, dijo.
Si ambas partes se ponen de acuerdo para renunciar a estos tres meses, pueden expresar que no quieren esperar ese tiempo a través de un memorial; de ser así, el juez fija la audiencia.
Los datos:
En el proceso de divorcio el juez debe de resolver la situación de los hijos que son menores de edad, la custodia, la asistencia familiar y el régimen de visitas.
En caso de existir bienes gananciales, es decir, que han sido adquiridos dentro del matrimonio, estos deben ser divididos.