Cnl. DESP. Rommel César Raña Pommiér
Me permito socializar el contenido de la Ley 348 con sus dieciséis formas o tipos de violencia con la finalidad de que en Carnaval hagamos conciencia y evitemos incurrir en alguna de ellas so pretexto de haber consumido alcohol:
VIOLENCIA SIMBOLICA Y/O ENCUBIERTA: Son los mensajes, valores, símbolos iconos e imposiciones sociales, económicas, políticas culturales y creencias religiosas que trasmiten reproducen y consolidan relaciones de dominación exclusión desigualdad y discriminación naturalizando la subordinación de las mujeres
EJEMPLO: Cuando utilizan a las mujeres como símbolos de promoción para cualquier producto mostrando imágenes no adecuadas.
VIOLENCIA SEXUAL: Es toda conducta que ponga en riesgo la autodeterminación sexual, tanto en el acto sexual, como en toda forma de contacto acceso carnal, genital o no genital, que amenace, vulnere o restrinja el derecho al ejercicio a una sexualidad libre, segura saludable y plena con autonomía y libertad sexual de la mujer
EJEMPLO: Forzar a una mujer a tener relaciones sexuales, no respetando su decisión, así sea pareja o no del hombre igual se considera violencia sexual.
VIOLENCIA CONTRA LOS DERECHOS REPRODUCTIVOS: Es la acción u omisión que impide, limita o vulnera el derecho de las mujeres a información, orientación, atención integral durante su embarazo, parto y lactancia.
EJEMPLO: Prohibir a una mujer que se informe o acceda a un método anticonceptivo, o se embarace
VIOLENCIA EN SERVICIO DE SALUD: Es toda acción discriminación humillante y deshumanizada que omite, niega y restringe acceso a la atención eficaz e inmediata y a la información oportuna por parte del personal de salud
EJEMPLO: No respetar la cultura de una mujer al momento del parto o negarse a darle atención, maltratar a las mujeres en el proceso de parto.
VIOLENCIA PATRIMONIAL Y ECONOMICA: Es toda acción u omisión que al afectar los bienes propios y/o gananciales de la mujer, ocasionan daño o menoscabo de su patrimonio, valores o recursos, controla limita sus ingresos económicos.
EJEMPLO: Prohibir o impedir a una mujer trabajar o no dejarla decidir sobre sus ingresos, o decidir sobre los ingresos.
VIOLENCIA LABORAL: Es toda acción que se produce en cualquier ámbito de trabajo por parte de cualquier persona superior igual o inferior jerarquía que se discrimina, humilla, amenaza o intimida a las mujeres.
EJEMPLO: Impedir el acceso de una mujer que ha demostrado ser competente para ese cargo, solo por el hecho de ser mujer, o pagarle menos salario que a un hombre.
De esta manera estimado lector he pretendido mostrar el contenido de las dieciséis formas de violencia que señala la Ley 348, con la finalidad de que usted no vaya a cometer algún hecho que esté enmarcado en esta normativa.