LAURA VIDAURRE/BOLINFO/ TARIJA
(elPeriódico- Septiembre 27/2017) En base al discurso de austeridad de la Gobernación, la Asamblea Departamental solicitó un informe pormenorizado de la cantidad de funcionarios que trabajan para el Gobierno Departamental, además de sus respectivos currículos, siendo esta información denegada, aseguró el asambleísta, Abel Guzmán Murguía.
El secretario general de la Asamblea, Abel Guzmán Murguía, indicó que hace más de un mes realizó una petición de informe a la Gobernación para conocer el número de funcionarios que están en cada secretaría, pero no recibieron lo requerido.
“Me dijeron que esa información es privativa y que no puede salir de la Gobernación, por lo tanto, me la negaron”, criticó.
Guzmán, lamentó que la Gobernación esté negando esa información pública. “Imagínense si a mí me están negando esa información, qué será a un ciudadano de a pie”.
Destacó que nuevamente reiterarán la petición de informe, en caso de que nuevamente se le niegue, asumirá acciones constitucionales contra la Gobernación.
Entre la información requerida, también solicitó un informe detallado de los currículos de cada funcionario de la Gobernación con la finalidad de conocer si los profesionales y técnicos que están vinculados, cumplen con todos los requisitos como perfiles que establece la ley para ocupar los cargos que tienen.
De acuerdo a la Ley del Estatuto del Funcionario Público en el título III de la carrera administrativa en su artículo 23° del reclutamiento de personal, los procesos de reclutamiento de personal en las entidades públicas comprendidas en el alcance del presente Estatuto, estarán fundados en los principios de mérito, competencia y transparencia, a través de procedimientos que garanticen la igualdad de condiciones de selección.
Los procesos de reclutamiento de personal deberán ser realizados mediante convocatorias internas y externas. Sin embargo, esta situación no ocurre.
La misma ley en su artículo 24° establece que la selección de los funcionarios de carrera y consecuente ingreso a la función pública, será realizada sobre la base de su capacidad, idoneidad, aptitud y antecedentes laborales como personales, previo cumplimiento de los procesos de reclutamiento establecidos en el citado Estatuto.
Asamblea
En ese mismo sentido, también están pidiendo un informe a la misma Asamblea Legislativa Departamental. “Ya se tienen algunos datos”, aseguró Guzmán, indicando que ya habían advertido a los funcionarios del Órgano Legislativo sobre los requisitos como de los perfiles que deben poseer quienes ocupen algún cargo.
“Entiendo que ya se han tomado las medidas en el interior. Los funcionarios que estén desempeñando alguna función y no cumplan con los requisitos, deberán de abandonar el puesto”, sostuvo.
El vicepresidente de la Asamblea Legislativa, Pablo Colque Bautista, dijo que la institución está con un presupuesto “muy reducido”, acotando que la partida 121 no tuvo recursos.
En cuanto a la consultoría en línea, la situación es similar, porque fueron pocos los espacios a comparación de otras gestiones.
“Nos recortaron personal; sin embargo, en la Gobernación han incrementado el número de funcionarios”, denunció Colque.
Gobernación
Desde la Gobernación, el director de Comunicación, Carlos Saveedra Ostojic, desvirtuó las denuncias de los asambleístas, refiriendo que respondieron a “todos los informes” solicitados. Saavedra se comprometió en mostrar la documentación citada.
Pudo conocerse que en Servicios Eléctricos de Tarija (Setar), redujeron el personal, por lo menos unos 50, pero la mayoría retornó a sus antiguos puestos al ampararse en las leyes laborales.
Obligaciones y deberes del funcionario
Es importante establecer una diferencia previa entre el deber y la obligación para comprender la importancia de esta disposición constitucional.
El deber es una situación jurídica de desventaja genérica en la que una persona se compromete a realizar una actuación u omisión para un grupo genérico e indeterminado.
La obligación es también una situación jurídica de desventaja, pero específica en la que una persona se compromete a realizar una actuación u omisión respecto de un grupo específico o determinado.
Una obligación constitucional implicaría, desde el punto de vista del servicio civil, el compromiso que asume una persona de prestar sus servicios de la mejor manera que atienda a los intereses del Estado Plurinacional de Bolivia que tiene como principal elemento “al pueblo”.
Es así que el artículo 235 de la Constitución establece las obligaciones de los servidores públicos del Estado.