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ÁLVARO POSTIGO/BOLINFO/TARIJA

(elPeriódico – Agosto 25/2017) Las críticas son constantes respecto al trabajo de los legisladores suplentes en los diferentes entes legislativos y sus cuestionados sueldos, por eso elPeriódico consultó a los actores de tres instancias: la Asamblea Plurinacional, la Asamblea Departamental y el Concejo Municipal, sobre cuáles son las funciones específicas de estos funcionarios.

Cada legislador titular  tiene su respectivo remplazo o  suplente, siendo desconocido qué hace en el tiempo que el primero ejerce regularmente sus funciones legislativas.

¿Son necesarios los legisladores suplentes?

Los legisladores que conforman los entes legislativos aseguraron que son funcionarios imprescindibles para el trabajo de fiscalización.

Brigada Parlamentaria de Tarija

La presidente de la Brigada Parlamentaria de Tarija, Sonia Condori Chalco, explicó que en las cámaras de diputados y de senadores son necesarios los legisladores suplentes, argumentando como primer aspecto el cumplimiento a la normativa vigente.

La diputada aseguró que los suplentes no tienen descanso en los días laborales como piensa la mayoría de la ciudadanía.

Explicó que los titulares no pueden asistir a todas las sesiones en la ciudad de La Paz, siendo reemplazados por los suplentes, además que ellos también tienen la tarea de  socializar las     leyes promulgadas.

“Yo soy una diputada suplente,  en realidad,  la Brigada de Tarija está conformada por diputados y senadores suplentes, tenemos una agenda donde participamos realizando fiscalizaciones, porque son varios los trabajos que venimos realizando”, argumentó Condori.

Destacó entre los trabajos de fiscalización  a la inspección a la carretera al Chaco, las visitas a hospitales, entre otras.

La brigada Parlamentaria de Tarija está conformada por 28 diputados: 14 titulares y 14 suplentes. “El trabajo que realizamos es de acuerdo a  la circunscripción por la que fuimos elegidos”.

La legisladora indicó que respecto a las atribuciones; tanto de los diputados suplentes y de los titulares, estos  comparten las mismas.

Aseguran que no habría un trabajo específico que realizan los titulares y que no podrían efectuar  los suplentes.

En el tema de la remuneración por su labor,  los diputados suplentes perciben la cuarta parte de lo que gana un  titular. Un diputado titular percibe alrededor de  Bs 21 mil y un suplente recibe  un sueldo de Bs 5 mil.

Concejo Municipal

En lo que respecta a los concejales, el presidente del Concejo, Alfonso Lema Grosz, respondió que el manejo de los suplentes es diferente a lo que ocurre con los legisladores nacionales.

Refirió que los concejales no cuentan con un suplente activo. Un concejal suplente asume el cargo cuando el titular, por motivos de fuerza mayor deja el puesto, es ahí que el reemplazante debe ser habilitado por el Tribunal Electoral  Departamental de Tarija (TED).

Cuando el suplente asume pasa a ser titular y  fungir con los mismos derechos que la autoridad que dejó el cargo.

En ese sentido,  los concejales suplentes son necesarios cuando se presentan acontecimientos de fuerza mayor, pero estos no perciben un sueldo, como ocurre en las otras instancias legislativas.

“Si la ausencia es larga, existe el caso de renuncia, de muerte o inhabilidad permanente, ahí la organización política –a la que pertenece el cargo- tiene la obligación de requerir al Tribunal Electoral de la habilitación de esa persona que fue elegida suplente y se convierte en titular”, detalló Lema.

Explicó que existen casos excepcionales, donde los suplentes ejercen algún otro cargo, entonces,  quedan inhabilitados, debiendo realizarse la consulta al TED para habilitar a otra persona y no dejar el puesto acéfalo.

Sobre la remuneración o el pago por la labor que ejercen, según la nueva escala salarial, un concejal titular gana  Bs 11 mil, y el suplente que lo remplazaría pasaría a ganar ese mismo monto.

Asamblea Legislativa Departamental

Por su parte el asambleísta, Mauricio Lea Plaza Peláez, informó que de los 30 asambleístas titulares,  28 cuentan con su respectivo suplente.

Los asambleístas titulares deben contar por normativa con su respectivo suplente, quienes comparten atribuciones,  pero cada asambleísta debe regirse al reglamento establecido.

“Cada partido político debe presentar un lista completa, que haga notar a los candidatos titulares y suplentes, en el caso de las asambleístas como la doctora María Lourdes Vaca, que se quedó sin suplente por la renuncia de don Freddy Castrillo; como bancada de UD-A, ya  pedimos la habilitación de otro”, explicó Lea Plaza.

El segundo caso acéfalo es de un asambleísta de Villa Montes.

El reglamento de la Asamblea establece que los  suplentes perciben una remuneración mensual por las funciones que desempeñan, de un 33,3% en relación a la que tienen  los titulares bajo un sistema de informe y de control administrativo.

Los asambleístas titulares perciben Bs 14 mil; mientras que los suplentes Bs 5.560.

Trabajadores critican el sueldo de los asambleístas suplentes 

En su momento, el exejecutivo de la Central Obrera Departamental (COD), Rubén Ramallo Ortiz, cuestionó la aprobación de una ley departamental que eleva los salarios de los asambleístas suplentes de esta región del país.

«Es una aberración el incremento de salarios a los asambleístas suplentes. Creo que si quieren aumento, se debería reducir a los titulares. Primero,  se debe pensar en aumentar el salario a los trabajadores de la Gobernación que tienen míseros sueldos», cuestionó en referencia a los obreros de base, no así la parte administrativa.

La Asamblea Legislativa Departamental aprobó, en una sesión rápida y con dispensación de trámite, el incremento del salario de Bs 4.600 a  Bs 5.560 bolivianos al mes por participar en cinco sesiones.

Por su parte, el asambleísta titular del Movimiento al Socialismo (MAS), Ervin Mancilla Olarte, pidió al gobernador de Tarija, Adrián Oliva Alcázar, analizar esa norma antes de promulgarla.

«Mi suplente estuvo presente en esa sesión, la ley la favorece, qué puedo decir. Pero como titular le hice conocer que no es la manera responsable de actuar ante la población», indicó Mancilla.

Ciudadanos cuestionan el trabajo de los suplentes

Hay sectores de la población que también rechazan  y cuestionan  el sueldo que perciben los legisladores suplentes, en un pequeños sondeo realizado por elPeriódico, pudo constarse el rechazo con respecto a los sueldos que perciben los legisladores suplentes.

Según los datos y el registro que tuvo acceso elPeriódico,  los 30 asambleístas suplentes propusieron en la pasada gestión 20 leyes.

Es decir, menos de una ley por asambleísta suplente. Además, hay que tener en cuenta que en la mayoría de estas leyes que aparecen los suplentes como proponentes,  son realizadas por los titulares que les ceden para que firmen y aparezcan en los registros.

En relación al número de sesiones asistidas por mes, la media de los legisladores suplentes se encuentra entre  dos o tres mensuales, aproximadamente  unos dos días de trabajo al mes. (eP).