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25 Julio, 2017

 

IGOR GUZMÁN/BOLINFO/TARIJA

(elPeriódico- Julio25/2017)

Los policías buscan en Tarija a un hombre de 73 años, quien es acusado por violar a su hijastra en la comunidad de Satoya del departamento de Chuquisaca.

Los hechos ocurrieron desde que la menor tenía 7 años, quien guardó silencio por diez años, hasta que decidió contarle lo sucedido a una de sus vecinas, quien dio a conocer posteriormente a la Policía como al resto de los familiares de la víctima.

La adolescente de 17 años se encuentra en resguardo y protección de la Defensoría de la Niñez de la provincia Sud Cinti de Chuquisaca. La joven reveló aquellos fatídicos momentos en que  el agresor  se metía en su cama y  la violaba en reiteradas oportunidades.

“La víctima es la hijastra del agresor, a quien la amenazaba desde los 7 años con golpearla si hablaba o decía algo”. El último ataque ocurrió hace unas dos semanas.

El hombre aprovechaba que la madre de la niña se encontraba lejos, y en esas circunstancias, la violó durante diez años, sin que nadie del entorno se enterara de lo que ocurría.

Un día, la menor no resistió y se lo contó todo a  una vecina que no dudó en denunciarlo.

La vecina también relató estos hechos a la hija del agresor,  quien a su vez llamó  a la madre de la menor.

Existe el temor que el hombre trate de escapar por la frontera, por lo que la Policía fue alertada para dar con esta persona que se encuentra prófuga.

Casos de violación

Según el artículo 308 del Código de Procedimiento Penal se reconoce como delito de violación con sus respectivas penas cuando se presenta el siguiente contexto.

– El que tuviere acceso carnal con persona de uno u otro sexo, incurrirá en privación de libertad de cuatro a diez años, en los casos siguientes:

  1. Si se hubiere empleado violencia física o intimidación.

2) Si la persona ofendida fuere una enajenada mental o estuviere incapacitada, por cualquier otra causa, para resistir.

Si la violación fuere a menor que no ha llegado a la edad de la pubertad, el hecho se sancionará con la pena de diez a veinte años de presidio: y si como consecuencia del hecho se produjere la muerte de la víctima, se aplicará la pena correspondiente al asesinato.