El Comercio
El Tribunal Supremo de Justicia dictaminó que las personas interesadas deberán «demostrar la veracidad de la identidad sexual pretendida»
Venezuela admitió un recurso para reconocer el derecho a cambiar de identidad y género, según una sentencia difundida este sábado por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
La Sala Constitucional del TSJ «admitió una acción innominada de naturaleza constitucional interpuesta por varios ciudadanos con la cual, invocando el derecho al libre desenvolvimiento de la personalidad (…) pretenden que se les reconozcan sus derechos a cambiar de nombres y de género», señala el dictamen.
Cada caso será analizado individualmente. Las personas interesadas deberán consignar copia certificada de actas de nacimiento y un informe psiquiátrico y psicológico suscrito por un especialista que «demuestre la veracidad de la identidad sexual pretendida», agrega el fallo.
Se da a los interesados un lapso de 15 días para consignar la documentación.
El TSJ, además, ordenó notificar de la medida a la Fiscalía, la Defensoría del Pueblo y la comisión de registro del Poder Electoral.