Verdad con Tinta/Mercedes Bluske y Jesús Vargas Villena
El Estado no factura, pero al mismo tiempo las exige. Las mayores descargas de los privados no son avaladas por el servicio de Impuestos, debido a que no entran dentro del rubro inscrito, situaciones que muestran que hay fuertes falencias en el sistema.
“Tenemos a Impuestos con la daga en el cuello”, fue la expresión del presidente de la Cámara de la Construcción de Tarija, Marcelo Romero Llanos, al referirse a la crítica situación de este sector.
Los empresarios piden un cambio en las políticas impositivas, mientras que desde Impuestos, sólo se limitan a responder que cumplen la Ley, y que no pueden ponerse a discutir sobre una norma que está en vigencia.
Entre las principales contradicciones, está que el Estado exige al privado que emita factura, pero las instituciones estatales no realizan descargas. “Es ilógico, por ejemplo en la importación, los gastos más fuertes son realizados en el proceso de ‘desaduanización’, sin tener oportunidad de ningún tipo de descarga, porque el Estado no factura”, dijo una joven empresaria que se dedica a la importación de juguetes, quien prefirió mantener en reserva su nombre.
La ‘desaduanización’ refiere a los procedimientos que son realizados con las mercancías para nacionalizarla ante la Aduana, adhiriendo a un régimen establecido, de acuerdo a la naturaleza de la operación.
Algo complejo para los privados es que los gastos que realizan en su sector con el Estado no tienen factura de descarga y los otros gastos que realizan, ya sea compras de servicio, carburantes u otros, no son alineados en su rubro, por ende, tampoco les sirven, como si ingresarían en un “embudo sin salida”, refería sarcásticamente un comerciante.
Entonces, al momento de rendir cuentas ante Impuestos, las multas suelen ser siempre altas. Otro problema, volviendo al ejemplo del sector de la construcción, es que el Servicio de Impuestos Nacionales es tajante con los calendarios establecidos, siendo impuesta la sanción al primer día de incumplimiento; sin embargo, las deudas acumuladas de los privados, son por cobros impagos de instituciones estatales, tal el caso de Tarija, donde la Gobernación como alcaldías y subgobernaciones llevan más de un año sin pagar por una serie de obras iniciadas.
“El Estado no te perdona un día de mora y te sanciona inmediatamente, pero al mismo tiempo, las deudas acumuladas son porque el propio Estado mediante sus instituciones, no te paga ni cumple los contratos por una serie de obras iniciadas”, indican desde la Federación de Empresarios Privados de Tarija, argumentando que hasta es ilógica esta situación.
Ante una serie de reclamos, el Gobierno promulgó a mediados del pasado año la Ley 812, que regula el Código Tributario modificando cinco artículos de la Ley Nº 2492 para beneficios hacia contribuyentes, entre ellos, un plan de pagos con tasas de interés del 4% y un descuento de la multa, inclusive en un 60%, hasta el 31 de diciembre.
Amplió las ventajas del “arrepentimiento eficaz”, reduciendo el periodo de prescripción de la deuda de 10 a 8 años, además incorpora la notificación electrónica, e impulsa premios y sorteos para promover la emisión como recepción de facturas.
“Al plan se acogieron 105000 beneficiarios de la Ley 812, de ese número, el 85% corresponde a personas naturales y el resto empresas”, explicó el presidente del SIN, Mario Cazón Morales.
Incluso con la nueva normativa, los privados indican que el sistema no es justo y fomenta la informalidad, dando una fuerte factura al sector, sin posibilidad alguna de descarga.