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BOLINFO/VILLA MONTES

(elPeriódico – diciembre 13/2016) Como uno de los proyectos mayormente importantes en cuanto al impacto social, el gobierno autónomo regional de Villa Montes, impulsa la reactivación del Programa de Viviendas Sociales con Servicios Básicos, según lo dispuesto por la Ley N° 3385 promulgada el 3 de mayo de 2.006, la misma que por diferentes circunstancias no fue puesta en vigencia, sino hasta la presente gestión.

Es así que en acto especial desarrollado en el Salón Verde del gobierno municipal, el ejecutivo seccional de desarrollo procedió con la transferencia de recursos económicos hacia el Gobierno Municipal con destino este importante Programa, el mismo que debe ser financiado con recursos provenientes del 45% de las regalías e impuestos hidrocarburíferos que le corresponde a la región del Gran Chaco, apoyado por el Gobierno Nacional y otras instituciones u organismos que se quieran adherir a este programa según el espíritu de la Ley N° 3385

Los beneficiarios del Programa Social de Viviendas son aquellas personas individuales, asociadas, del área urbana y rural de bajos ingresos económicos que no cuenten con vivienda propia, o si la tuvieran, se encuentren en precarias condiciones y que además cumplan con los requisitos y condiciones que serán elaborados y aprobados por el Consejo Seccional de Vivienda, compuesto por el Subprefecto o Corregidor Mayor en la actualidad Ejecutivos Seccionales de Desarrollo, el Alcalde Municipal, un representante del Vice Ministerio de Vivienda y Urbanismo y dos representantes de los Beneficiarios.

Para el efecto social y solidario de la Ley 3385, se deja establecido que el costo de la vivienda social a cancelar por los beneficiarios, será exclusivamente el costo de inversión y en moneda nacional, prohibiéndose expresamente al Gobierno Municipal gravar intereses, mantenimiento de valor y finalidades de lucro; de la misma manera, el Consejo Seccional de Vivienda deberá establecer normas para los planes de pago a largo plazo para los beneficiarios, acorde a su realidad socio-económica; además se deberá establecer por el Consejo Seccional de Vivienda, cumplan el pago a largo plazo para los beneficiarios acorde a su realidad socio-económica.