LEONEL SUAREZ Q./BOLINFO/TARIJA
(elPeriódico-sep 23/2016) El pasado 6 de septiembre el gobernador de Tarija, Adrián Oliva puso en marcha la “Ley de calidad de agua que obliga a entidades proveedoras del servicio de agua potable del departamento de Tarija a la publicación de los resultados de los análisis del agua que suministran”, según explicaron las autoridades en esta normativa debe regirse la Cooperativa de Servicios de Agua y Alcantarillado de Tarija (Cosaalt), las distribuidoras independientes de agua, comités de agua, entre otras.
El asambleísta departamental por el Movimiento al Socialismo (MAS) e impulsor de la normativa, Roberto Cardozo, informó que esta ley fue trabajada desde la gestión 2015 por la Comisión de Desarrollo Humano de la Asamblea Legislativa Departamental (ALD) y el asesor Julio Álvarez, esto tras haber conocido resultados “alarmantes” sobre la calidad del agua tras la Cumbre Departamental del Agua, en la cual se pudo conocer que el 80% del líquido elemento no era apto para el consumo humano.
Cardozo explicó que en la cumbre del 2015 se tuvo la participación de alcaldes, subgobernadores, concejales municipales, Comité Cívico, juntas vecinales, comités de agua de cada uno de los municipios, evento del cual se analizó a profundidad las debilidades y fortalezas que tienen cada una de estas regiones con relación al agua potable.
“En conclusión hemos visto que en los municipios más que fortalezas, tienen debilidades –expuso Cardozo-. Una de las fortalezas que tiene el departamento es la falta de agua potable las 24 horas del día en los municipios y lo que más nos llamó la atención fue el informe brindado por la Universidad Autónoma Juan Misael Saracho en el que detallaron que las aguas del departamento no eran aptas para el consumo humano”.
La autoridad detalló que el informe que fue presentado establece que se tomaron 227 muestras de agua en todo el departamento y que en su mayoría reflejaron contaminación por la presencia de coliformes, mientras que las únicas regiones que no mostraron indicios de contaminación fue Paicho Sud del municipio de El Puente, como también 7 comunidades de la provincia Uriondo.
El legislador argumentó que se está buscando que en cada uno de los municipios del departamento se dote de agua apta para el consumo humano, de manera que el usuario cancele por el recurso hídrico que esté garantizado.
“Ahora con la Ley 150 que fue promulgada por el Gobernador –añadió Cardozo-. Entra en vigencia y vamos a exigir el cumplimiento a las empresas que suministran el agua puedan tener anexas en la factura estudios de laboratorios”.
En caso que las empresas no cumplan lo que establece la normativa, Cardozo hizo referencia que al ser la primera ley de esta magnitud, se coordinó con el Ministerio de Medio Ambiente, mediante el cual se obliga a las empresas a cumplir las normas básicas, entre estas la Norma Bolivia 512.
“Con esta Ley se genera el instrumento para que aquellas empresas que incumplan con la calidad del agua, está interviniendo el ministerio, además que las juntas vecinas también deben exigir el cumplimiento de la misma”, expuso Cardozo.
Cardozo señaló que en las próximas semanas se realizará la socialización de la normativa, esto con la finalidad que todas las empresas, cooperativas, y demás entidades tengan conocimiento de la misma, y puedan aplicarla, para que de esta manera no sea una Ley más que se archive.
Contenido de la Ley 150
La Ley tiene por objeto, que todas las empresas públicas, privadas, municipales, cooperativas, comunitarias o mixtas, que otorguen el servicio de agua para consumo humanos de las personas naturales o jurídicas del departamento de Tarija están obligadas a realizar análisis y estudios físicos, químicos y bacteriológicos del agua potable para consumo humano que proveen y difundir para conocimiento público los resultados de los mismos, en estricta aplicación a la Norma Boliviana y sus reglamentos aprobados por el Ministerio de Medio Ambiente y Agua de Bolivia.
En cuanto al financiamiento, la normativa estipula que el costo de los análisis y estudios de agua serán asumidos por la entidad proveedora y deberán ser realizados en laboratorios de ensayo debidamente autorizados por la autoridad competente del Estado Plurinacional.
La Ley establece que los resultados de los análisis y estudios del agua potable de las empresas proveedoras de este servicios deberán publicarse de manera periódica e ineludible cuatro veces al año, es decir, de manera trimestral.
Respecto a la publicación, la norma manda a las empresas proveedoras del servicio de agua potable en un plazo máximo de 48 horas de la fecha en la que se obtengan los resultados del laboratorio deberán: publicar los resultados de los análisis y estudios de agua potable en toda su extensión y contenido en un medio de comunicación escrito de circulación nacional.
También de divulgar la mencionada información en sus páginas electrónicas (web), además de difundir los resultados en documentos adjunto a la factura mensual por consumo del servicio de agua potable que se otorgará a los usuarios. Asimismo deberán remitir los resultados de los análisis y estudios físicos, químicos y bacteriológicos del agua potable al representante departamental de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Agua Potable y Saneamiento Básico (AAPS) del Ministerio de Medio Ambiente.
Cosaalt asegura que su agua es apta para el consumo
El responsable de la Gerencia Técnica de la Cooperativa de Servicios de Agua y Alcantarillado Tarija (Cosaalt), Eduardo Coila, aseguró que desde esa entidad garantizan la calidad del líquido elemento para la población, remarcó que se encuentran regidos por la NB 512 y en cumplimiento a esta norma se tiene el laboratorio acreditado para medir los parámetros de PH y cloro residual, empero dejó entrever la predisponibilidad de aplicar la normativa de la Asamblea.
“Nosotros realizamos los muestreos diariamente, especialmente del cloro residual, para eso nosotros tenemos una unidad exclusivamente responsable del control respectivo, además que tenemos un cronograma de toma de muestras que se refieren a los parámetros que rige la norma –expuso Coila-. En ese sentido, nosotros venimos garantizando la calidad del agua”.
Coila puntualizó que Cosaalt realiza sus reportes a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento (AAPS), por lo que están obligados a enviar los informes de manera semestral, esto en cumplimientos a lo que exige la entidad de fiscalización.
“Para la tranquilidad de los socios de la cooperativa nosotros queremos aclarar que distribuimos agua de calidad y regida por las normas respectivas –enfatizó Coila-. Nosotros también reportamos a solicitud de alguna institución como el Sedes, o cualquier otra entidad, nosotros proporcionamos la información de acuerdo a los requerimientos que nos hagan, no es que nosotros nos guardamos la información, sino que a medida de las solicitudes otorgamos”. (eP)