Noticias El Periódico Tarija

ANDRÉS TÓRREZ TÓRREZ

El club Pichincha de Potosí recibirá una sanción económica por parte de la Federación Boliviana de Básquetbol (FBB), por la impugnación presentada por el club CAN de Oruro, según fallo del Tribunal de Penas de la FBB.

El fallo señala que en el reglamento de la Libobásquet no existe la figura de «pérdida de puntos en mesa», por lo que la clasificación de Pichincha a la final no sufre ninguna alteración.

Durante tres días, el Tribunal de Penas de la FBB realizó un análisis exhaustivo de los descargos que presentaron ambos clubes y estos emitieron la sanción, ayer en horas de la tarde.

El fallo lleva las firmas de los Dres. Milton Pereira Antezana, Presidente, Alejandro Cabera Arandia, Secretario y Freddy Orellana, Vocal y en su parte pertinente señala:

1.- Declarar improcedente la impugnación de los partidos: Club Atlético Nacional (C.A.N.)  vs. Club Deportivo Cultural Pichincha, respetándose los resultados finales de cada uno de sus encuentros.

2.- Sanción económica al Club Pichincha con la suma de 2.000 Bs. (dos mil Bolivianos) por inducir a incurrir en incumplimiento de deberes, provocando error técnico, en la habilitación de jugadores extranjeros.

3.- Sanción económica al Club Pichincha con la suma de 2.000 Bs. por incumplimiento a la seguridad pública del espectáculo público, conforme al art. 108 del Reglamento y Código de Penas de Libobásquet.

4.- Sanción económica al Club Pichincha por ocasionar desfase en el desarrollo del torneo de LIBOBASQUET, con la suma de 3.000 Bs. (tres mil bolivianos) para la devolución de este monto al Club CAN por gastos ocasionados en la representación del presente conflicto (viajes, alimentación, hospedaje, contratos de profesional abogado, pago de salarios a jugadores extranjeros, etc.).

5.- Severa llamada de atención (por ser la primera vez), a los señores del Club Pichincha “señores Eloy Aizu Cruz y Wilson Flores Saavedra, Presidente y Secretario General, respectivamente” por los hechos mencionados en el presente documento.

6.- Severa llamada de atención a los señores Javier Gutiérrez V. y Lic. Luis Colque Ochoa, gerente técnico y responsable de cómputo de la FBB respectivamente, por falta de un adecuado control y fiscalización en la habilitación de jugadores.

7.- Sanción económica de 500 Bs. (Quinientos bolivianos)  y llamada de atención (por ser la primera vez)  al jugador Marvin Cairo, del representativo de CAN, por los actos bochornosos ocasionados en el coliseo de la ciudad de Potosí. Monto que debe ser administrado por el Club CAN.

8.- Severa llamada de atención al Ing. Marco Murillo directivo del Club CAN, por los actos provocativos, cometidos contra el jugador Lucas Tischer del equipo de Pichincha.

9.- Severa llamada de atención al jugador Lucas Tischer del Club  Pichincha, por reacción e intento de agresión al Presidente de Delegación del Club CAN.

Además el fallo contiene 3 recomendaciones a la FBB, relacionados a mecanismos de control en la habilitación de jugadores nacionales y extranjeros, personal calificado en la administración de los torneos y realización de un Congreso específico de revisión, actualización de los reglamentos y código de disciplina deportiva de la LIBOBASQUET.

Fechas pendientes

CALENDARIO DE LA FINAL

Martes 09 de agosto de 2016 20:30 PICHINCHA-U. SAN SIMÓN POTOSÍ

Viernes 12 de agosto de 2016 20:30 U. SAN SIMÓN-PICHINCHA COCHABAMBA

Sábado 13 de agosto de 2016 20:30 U. SAN SIMÓN-PICHINCHA COCHABAMBA