DANIEL RODRÍGUEZ/BOLINFO/TARIJA
(elPeriódico – julio 12/2016) El gerente distrital Tarija del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Apolinar Choque, informó que las modificaciones realizadas al Código Tributario son fruto del diálogo entre los sectores y el Gobierno nacional. En este sentido, presentó tres formularios para que el contribuyente pueda tener acceso a las facilidades de pago de sus deudas.
La autoridad recordó que se realizaron cambios en el Código Tributario y se pide a los contribuyentes que tiene deudas pendientes con el SIN deben acercarse en plataforma para llenar formularios.
Mientras tanto, los dirigentes del Transporte Pesado Nacional dialogan sobre el tema tributario con el Gobierno y existe un 60 por ciento de avance. Se espera que a partir del miércoles las autoridades nacionales nuevamente convoquen al diálogo al sector para que se puedan dejar sin efecto las movilizaciones y bloqueo de caminos programados a partir del 18 de julio.
Se responde a las demandas
Choque explicó que en realidad la modificación al Código Tributario es el fruto de las negociaciones y del trabajo realizado con los sectores. Por lo tanto, se da respuesta a las demandas de los transportistas y gremiales, quienes plantearon observaciones.
“Se bajó la tasa al 4% cuando antes era del 18% anual–dijo Choque-. También se pueden acoger a las facilidades de pago y el arrepentimiento eficaz para no agregarle el 20% de multa, sino un plazo de 10 días después de notificación”.
El sector gremial de Tarija solicitó la anterior semana la ampliación al régimen simplificado. Por ello, el gerente distrital del SIN comentó que no existen cambios a la normativa que estipula que los que están en el régimen simplificado son los que tienen un capital entre 12 y 37 mil bolivianos para pequeños comerciantes, vivanderos y artesanos, los que superan los 37 mil bolivianos deben estar en régimen general. Mientras que los contribuyentes que están por debajo de 12 mil bolivianos no corresponden estar en ninguna categoría.
Recordó que el ministro de Economía y las autoridades nacionales están en el trabajo de informar de las modificaciones que son el fruto del diálogo que se realizó hace varios meses.
Presentación de formularios
Una vez aprobada la ley 812 que modifica el Código Tributario se tienen que ver modalidades para realizar la cancelación total o parcial de la deuda que tiene el contribuyente. Para ello, el SIN ha elaborado tres formularios para que las personas realicen la solicitud.
Se trata del formulario 8001 de solicitud de liquidación de la deuda para facilidades de pago, luego está el formulario 8002 que permite verificar el total de su deuda en departamento jurídico o fiscalización, pasar al formulario 8003 de solicitud de las facilidades de pago para saber la deuda exactamente en las oficinas del SIN.
“Los tres formularios son la base principal para que el contribuyente conozca su deuda facilitándole un servidor público que pueda asistir y colaborar –apuntó Choque-. Una vez conocida la deuda total el contribuyente debe elegir la forma de pago, puede ser con la tasa del 4% hasta el 31 de diciembre de 2016 en las siguientes condiciones: 5% de cuota inicial y 10% de garantía sobre el saldo que se cancelará”. (eP)