Noticias El Periódico Tarija

REDACCIÓN CENTRAL

En Congreso Nacional Ordinario de la Federación de Automovilismo Deportivo, FEBAD, cumplido en Chuquisaca en la víspera, se tomó la resolución de legitimizar a AADETA en desmedro de AADETAR, una carta dirigida a Ernesto Soliz Pórcel, Presidente de la FEBAD, firmada por el Dr. Mario González Durán, dice a la letra.

Primero.- el contenido del presente informe se encuentra basado en el estatuto Orgánico de la FEBAD, las resoluciones de otorgación de personerías jurídicas a favor de AADETA y de AADETAR, así como en los documentos que se aluden en este informe.

Segundo.- el estatuto orgánico de la FEBAD más la propuesta para su adecuación a la Ley del deporte, constituye el instrumento jerárquico de máxima validez para todas y cada una de las filiales asociadas; por tanto, sus normas son de cumplimiento obligatorio. En ese sentido, es preciso considerar los alcances del art. 24 inc. Del estatuto orgánico de la FEBAD, que, en lo pertinente y a la letra dice:

“El congreso nacional ordinario tendrá las siguientes atribuciones:…..inc c).- considerar la admisión de instituciones así como la reincorporación de las que hayan sido retiradas.

El inc. i) a su vez, expresa: aprobar la incorporación al Directorio de instituciones no afiliadas a las cuales les podrá o no conferir voz y voto en este organismo federativo.

Finalmente el art. 31 del Estatuto Orgánico de la FEBAD, dice: las decisiones de los congresos son imperativas y solo podrán ser modificadas en otro congreso por dos tercios de votos.

Ante el conflicto suscitado entre las agrupaciones deportivas del departamento de Tarija denominadas AADETA y AADETAR, a efectos de lo previsto por el inc. o) del art. 37 del estatuto Orgánico de la FEBAD, es necesario considerar lo siguiente:

a).- El Testimonio Nº 13-96 expedido por el notario de fe pública Omar Vargas Fernández en fecha 13 de diciembre de 1996, da cuenta que el Prefecto y Comandante General del departamento de Tarija mediante por Resolución Nº 033/96 de 9 de diciembre de 1996 otorgó personalidad jurídica a la Asociación de Automovilismo Tarija (AADETA).

b).- La Gobernación del Departamento de Tarija mediante Resolución Administrativa Nº 370/2014 de 16 de octubre de 2014 otorgó personalidad jurídica a la Asociación de Automovilismo Departamental de Tarija (AADETAR) conformada por las asociaciones de hecho y municipales de Villa Montes, Caraparí, Bermejo, Uriondo, Entre Ríos y Yacuiba.

c).- No existe ningún elemento de juicio para afirmar que AADETA haya sido sancionada o retirada de la FEBAD, menos que su personalidad jurídica haya sido cancelada puesto que como suscribiente del estatuto Orgánico antes referido, es asociación plenamente reconocida por este ente matriz.

d).- Tampoco existe prueba alguna que demuestre que AADETAR haya sido admitida en la FEBAD en Congreso Ordinario tal cual dispone el inc. c) del art. 24 de su Estatuto Orgánico.

e).- Siendo la FEBAD el máximo organismo rector del automovilismo deportivo en Bolivia, únicamente las asociaciones legalmente afiliadas a ella responden a sus fines y objetivos instituidos en estatuto Orgánico aprobado en el II Congreso Extraordinario de la FEBAD celebrado en la ciudad de Sucre en fecha 5 de junio de 1997.

Por otra parte, si bien es cierto que para el Directorio de fecha 7 de abril de 2014, a nombre del entonces Presidente de la FEBAD Dn. Armin Franulic alguien con firma ilegible y sin sello dispuso “por esta vez y con carácter de excepción se admite al Sr. Baldiviezo como representante de AADETAR…., sin tener en cuenta que al 7 de abril de 2014 AADETAR no tenía personería jurídica, sino recién el 16 de octubre de 2014.

Segunda.- En consecuencia, el suscrito ex Presidente de la Comisión de Justicia Deportiva de la FEBAD y Past Presidente de la AADESU, considera que AADETA sigue siendo miembro de la FEBAD por lo que no hace falta tramitar su reincorporación, ya que es asociada neta y con derecho adquirido.