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(Jun – 16/ 2016)En un nuevo intento de restringir las facultades de la Asamblea Nacional (AN), la Justicia chavista le prohibió al Parlamento llevar adelante las relaciones exteriores de Venezuela.
En su fallo, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó a la AN «abstenerse de pretender dirigir las relaciones exteriores del país», alegando que esas facultados «son atribuciones del Ejecutivo».
«Se ordena a la Asamblea Nacional, a su presidente, a su Junta Directiva y a sus miembros en general, abstenerse de pretender dirigir las relaciones exteriores de la República y, en general, desplegar actuaciones que no estén abarcadas por las competencias que les corresponden», indica la sentencia.
El TSJ a través de su comunicado alega que la oposición estaría actuando para «solicitar la intervención de organismos e instancias internacionales en asuntos internos de la República».