GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE TARIJA Y LA PROVINCIA CERCADO
Lic. Rodrigo Paz Pereira
PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
POR CUANTO, EL ÓRGANO LEGISLATIVO DEL GOBIERNO MUNICIPAL AUTÓNOMO DE LA CIUDAD DE TARIJA Y LA PROVINCIA CERCADO HA SANCIONADO LA PRESENTE LEY MUNICIPAL QUE:
INSTITUYE Y DECLARA a la ciudad de Tarija y la provincia cercado, “capital y PATRIMONIO de la cultura gastronómica DE TARIJA al:
“CHANChito A LA CRUZ”
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE TARIJA Y LA PROVINCIA CERCADO DECRETA:
ARTÍCULO 1º (Objeto).- La presente Ley tiene por objeto declarar a la Ciudad de Tarija y la Provincia Cercado “Capital del chanchito a la cruz” por ser Patrimonio Gastronómico-Cultural de Tarija.
ARTÍCULO 2º. (Finalidad).- Incentivar, impulsar, respaldar la producción porcina y preservar la tradición de la elaboración del Chanchito a la Cruz promoviendo la realización de al menos un evento anual en diferentes puntos del territorio municipal de la ciudad de Tarija y la Provincia Cercado.
ARTÍCULO 3º. (Aportes).- Autorizar al Ejecutivo Municipal presupuestar recursos económicos con la finalidad de coauspiciar eventos regionales, nacionales e internacionales del “Chanchito a la Cruz”.
ARTÍCULO 4º (Apoyo Institucional).- Instruir al Ejecutivo Municipal que a través de las unidades correspondientes, proporcionen apoyo y recursos necesario a la producción y cría de cerdos, con la finalidad de incentivar la actividad porcina en todas sus manifestaciones.
Es dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de la Ciudad de Tarija y la Provincia Cercado, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil trece.
Lic. Rodrigo Paz Pereira
PRESIDENTE DEL H. CONCEJO MUNICIPAL
ES CONFORME: Sra. Delia García