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MARISOL COCA W. / BOLINFO / TARIJA

(elPeriódico – mayo 21) El diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS) Ignacio Soruco afirmó que la posición de la legisladora alteña que planteó la modificación de ley es una posición personal y aseguró que el tema no se halla dentro de la agenda legislativa de la Asamblea Plurinacional.

“De manera orgánica hemos establecido una agenda legislativa 2016- 2017 y tampoco en la agenda hasta el 2020 esta contemplada la modificación de la Ley de Imprenta –dijo Soruco–. Por lo tanto la posición de la diputada Mireya Montaño es particular, porque cada una de las leyes que nosotros planteamos cambiar, modificar o modernizar las tratamos en bancada nacional y eso (Ley de Imprenta) no está dentro cronograma y rol legislativo”.

En la víspera trabajadores de la prensa en todo el país y en Tarija protagonizaron una marcha en rechazo a los intentos del oficialismo de modificar la Ley de Imprenta.

No es la primera vez que desde el nivel central de Gobierno se amenaza a la prensa con realizar modificaciones a la Ley de Imprenta, lo que nuevamente generó que a nivel nacional los trabajadores de la prensa se declaren en estado de emergencia y protagonicen una marcha simultánea en las nueve ciudades capitales.

El ejecutivo de la Federación de los Trabajadores de Radio, Televisión y Prensa Escrita y Digital, Evert Cárdenas, afirmó que no se permitirá que actores políticos manoseen la Ley de Imprenta, ya que cualquier tipo de modificación que se intente iniciar deberá nacer de las propias organizaciones de la prensa para realizar su actualización.

“No negamos que sea una ley que se ha quedado desfasada en el tiempo, hay que adecuarlo, actualizarlo, pero somos nosotros los que debemos hacer este trabajo y no así los políticos que intentan manejar a su antojo la ley en beneficio de ellos”, mencionó Cárdenas.

Asimismo el ejecutivo del Sindicato de los Trabajadores de la Prensa, Never Antelo, coincidió con Cárdenas al referirse a la desactualización de la Ley de Imprenta, pero señaló que mientras la norma no sea abrogada o modificada debe ser respetada.

“Estamos en estado de emergencia porque se intenta penalizar el manejo de la información y es en ese punto que estamos en desacuerdo, no solo con este Gobierno si no con aquellos que vengan y busquen el control totalitario –manifestó Antelo–. Consideran enemigos a medios y periodistas, creo que  es una equivocación llevar adelante este tipo de políticas de confrontación”.

Quintana

El diputado por el MAS se refirió a la intervención realizada por el ministro de la Presidencia Juan Ramón de la Quintana, quien durante su interpelación en la Asamblea Plurinacional atacó de manera directa a medios nacionales. “El informe que presentó el ministro estaba fundamentado, hay algunos medios que emiten titulares dañando la imagen del presidente y muchas veces la del país –mencionó Soruco–. La Ley de Imprenta dice que se reserva la fuente, pero cuando hay aspectos particulares que tienen que ver con la vida privada de las personas creemos que es importante informar en base a pruebas y estar debidamente documentado”.

Lema afirma que el Concejo carece de tuición

Los concejos municipales en todo el territorio nacional tienen la tuición de conformar los Tribunales de Imprenta para regular el ejercicio periodístico, sin embargo el presidente del Concejo Municipal de Cercado Alfonso Lema informó que la Ley de Municipalidades, abrogada en 2014, establecía que los concejos municipales designen a los miembros que conformarán los Tribunales de Imprenta, pero al estar vigente la Ley 428 de Gobiernos Autónomos Municipales tiene un vacío respecto a este punto.

La Ley no establece atribuciones a los concejos municipales respecto a este tema, por lo tanto recomendamos a los compañeros de la prensa vean los mecanismos para llenar este vacío y garantizar la libertad de expresión y los mecanismos de regulación en el marco de un estado de derecho”, mencionó Lema.

El artículo 21 de la Ley de Imprenta establece que el cuerpo de jurados se compone de cuarenta individuos en las capitales de departamento y de veinte en las provincias, que serán elegidos por los Concejos y Juntas Municipales, respectivamente, prefiriéndose a los abogados más notables, miembros de Universidad y propietarios con residencia fija en el lugar. Asimismo el artículo 25 expresa que en caso de ausencia indefinida, muerte, inhabilitación o empleo incompatible de un jurado, la Municipalidad nombrará inmediatamente otro, procurando que nunca esté incompleto el número. (eP)