Noticias El Periódico Tarija

Juan Luis Coronado D.

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Desde sus inicios, la Gobernación actual intenta reencaminar sus tareas con diversas acciones orientadas a revertir el proceso descentralizador y lograr hegemonizar las decisiones de gestión. En este proceso centralizador, redacto e impulso la aprobación de la ley de organización del ejecutivo y, posteriormente, con decretos y resoluciones, decidió concentrar no solo las decisiones políticas, sino también administrativas y hasta las operativas. El objetivo que estaría respaldando este proceso, sería el de implementar una “disciplina fiscal” que asegure un éxito en la administración financiera de la gestión orientada a la austeridad.
Como era de esperarse este proceso que significa un retroceso de 30 años en la administración pública departamental, tiene fuertes connotaciones que han exacerbado a las regiones en una férrea posición anti concentradora, reivindicando sus conquistas en materia de descentralización administrativa.
La descentralización lleva intrínseco, el derecho de los habitantes de una región a ejercer su capacidad de participar en las decisiones que buscan transformar su espacio de vida y por consiguiente disfrutar de los beneficios del desarrollo que planificó previamente, profundizando la democracia. En tanto que un espíritu centralizador tiene la esencia de un liderazgo autocrático que restringe severamente el derecho de los habitantes de una región a decidir su futuro y actuar en consecuencia para lograr sus objetivos. Por lo tanto, el empoderamiento que genera la participación y el disfrute de los beneficios del desarrollo, contrariamente al marco normativo que la Gobernación creó, están indiscutiblemente ligados a la profundización de la descentralización y la democracia.
Indudablemente la organización del Gobierno Departamental es un factor esencial no solamente para gestionar el desarrollo de Tarija, sino para profundizar la democracia y la participación de sus habitantes. En cuanto a la gestión pública, una verdad incuestionable y verificable por innumerables ejemplos empíricos, es que la descentralización aumenta su eficiencia; en tanto que la concentración genera ineficiencia, incremento de la burocracia y diluye la responsabilidad sobre los resultados de la gestión.
En este marco, no parece razonable que la “disciplina Fiscal” se pretenda por la vía de la concentración administrativa, que puede diferenciarse claramente de la gestión financiera por el conjunto de normas ampliamente desarrolladas y basadas en el Presupuesto Público. En el caso de Tarija, el presupuesto es aprobado con el rango de ley por la Asamblea Legislativa Departamental a propuesta del Gobernador del Departamento. En un marco de descentralización administrativa, la ejecución del presupuesto correspondería a los Subgobernadores, por supuesto entendiendo que descentralizar no es independizar o tener “cualidades gobernativas”, sino delegar cualidades administrativas conservando en el poder central las facultades de vigilancia y control. Corresponde entonces, que la Administración Central desarrolle un marco normativo que le permita mayor vigilancia y control, en vez de normas concentradoras y arcaicas como las indicadas.
Existen, claramente, dos momentos claves en un proceso descentralizador orientado a una disciplina fiscal: El momento centralizado de la aprobación del presupuesto y el desarrollo del marco normativo para su ejecución, control, seguimiento y vigilancia; y el segundo una gestión descentralizada del presupuesto otorgando autonomía a las regiones, a través de sus Subgobernadores, en la administración de determinados asuntos,con el propósito de incrementar la eficiencia y eficacia en la gestión Pública y favorecer la participación de la población.
En este marco las regiones buscan consolidar la descentralización administrativa, vía la delegación de las facultades y responsabilidades definidas en el artículo 37 de la ley 129/2015, para lograr con ello que estas secciones y provincias decidan sobre aspectos como la inversión regional, la gestión de recursos adicionales de donaciones, convenios intergubernativos o créditos que en su caso serían previamente aprobados por el Gobernador, la prestación de los servicios públicos, el mantenimiento de vías, entre otros.
La consolidación de un proceso concentrador en la admiración pública departamental tendría un mísero legado: El nacimiento de una nueva región en nuestro departamento; situación que hace urgente no solo afianzar las conquistas regionales en materia de descentralización administrativa, sino más bien profundizarlas. Sin lugar a dudas esta es una tarea que no puede ser soslayada por la Asamblea Legislativa Departamental,valorando la situación y generando leyes de administración descentralizada y de gestión financiara a través del presupuesto público que asegure una disciplina fiscal sin concentrar la gestión a nivel central.